Salario mínimo en Brasil
El salario mínimo de Brasil es de R$ 1.621,00 al mes desde 1º de enero de 2026. Nadie con carteira assinada (empleo formal, con libreta de trabajo) puede ganar menos que eso por un mes entero de trabajo.
Vale en todo el país y para cualquier persona, brasileña o extranjera. El gobierno lo cambia cada año, casi siempre en enero.
Con el salario mínimo, el INSS (Instituto Nacional del Seguro Social, la seguridad social de Brasil) descuenta R$ 121,58 y te llegan R$ 1.499,42 a la cuenta. Ese valor no paga impuesto sobre la renta.
¿Cuánto vale el salario mínimo por día y por hora?
Por día vale R$ 54,03, que es el mes dividido entre 30. Por hora vale R$ 7,37, para la jornada completa de 44 horas por semana, que la ley cuenta como 220 horas al mes.
Si tu contrato tiene menos horas, puedes recibir menos que el mínimo del mes. Pero tu hora nunca puede valer menos que R$ 7,37.
¿Mi estado o mi categoría pueden pagar más?
Sí. Algunos estados tienen un piso regional mayor, como São Paulo, Rio de Janeiro, Paraná, Santa Catarina y Rio Grande do Sul.
Muchas categorías tienen además un piso propio en el convenio colectivo del sindicato. Pregunta al sindicato de tu categoría cuál es el piso y compáralo con tu contracheque (recibo de sueldo).
¿Qué pagos siguen el salario mínimo?
Muchos pagos del gobierno usan el salario mínimo como piso. Ninguna cuota del seguro-desemprego (seguro de desempleo) es menor que R$ 1.621,00. La jubilación y la licencia por enfermedad del INSS tampoco.
Con el salario mínimo, la empresa deposita además R$ 129,68 al mes en tu FGTS (Fondo de Garantía del Tiempo de Servicio), aparte del salario. Ese dinero queda en una cuenta de la Caixa (banco público federal) a tu nombre.
¿Quién gana comisión también tiene el mínimo?
Sí. Quien gana por comisión o por producción tiene garantizado el salario mínimo en el mes flojo. Si las ventas no llegan a R$ 1.621,00, la empresa completa la diferencia.
La garantía viene de la Constitución de Brasil, en el art. 7º, que trata de los derechos de quien trabaja.
Lo que la empresa puede y lo que no puede
La empresa puede
- Pagar más que el salario mínimo, por acuerdo contigo o por el convenio de la categoría.
- Pagar un valor proporcional si tu contrato tiene menos horas que la jornada completa.
- Descontar del salario el INSS y las faltas sin justificación.
La empresa no puede
- Pagar menos que R$ 1.621,00 por un mes entero de jornada completa.
- Pagar menos que el mínimo a quien gana comisión, en un mes de pocas ventas.
- Seguir con el valor viejo después de que entra en vigor el nuevo salario mínimo.